viernes, 2 de agosto de 2013

RÉGIMEN CENTRAL Y DESCENTRALIZADO

Estructura Administrativa del Poder Público Nacional
El Poder Público en la República Bolivariana de Venezuela se distribuye entre el Poder Nacional, el Poder Estadal y el Poder Municipal.
PODER PÚBLICO NACIONAL El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral; cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. El Poder Público Nacional está conformado por los órganos y entes del Estado con competencia nacional que se enmarcan dentro de la Constitución de la República:

PODER LEGISLATIVO:
El Poder Legislativo Nacional se ejerce por órgano de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
PODER EJECUTIVO:
El Poder Ejecutivo Nacional se ejerce por órgano del Presidente de la República, del Vicepresidente Ejecutivo, de los Ministros y de los demás funcionarios que establecen la Constitución de la República y la ley.
PODER JUDICIAL Y SISTEMA DE JUSTICIA: El Poder Judicial se ejerce por órgano del Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determine la ley.
El Tribunal Supremo de Justicia, es el máximo órgano de dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, le corresponde la inspección y vigilancia de los tribunales de la República y de las Defensorías Públicas. La jurisdicción disciplinaria judicial está a cargo de los tribunales disciplinarios que determina la ley.
PODER CIUDADANO:
El Poder Ciudadano se ejerce por órgano del Consejo Moral Republicano, conformado por el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, y la Defensoría del Pueblo.
PODER ELECTORAL:
El Poder Electoral se ejerce por órgano del Consejo Nacional Electoral.
PODER PÚBLICO ESTADAL El Poder Público Estadal se ejerce en cada uno de los veintitrés (23) Estados a través de cuatro funciones: ejecutiva, legislativa, control fiscal y planificación; cada una de las funciones del Poder Público Estadal tiene sus atribuciones propias, pero los órganos y entes a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado venezolano, conforme a lo establecido en la Constitución de la República.
PODER PÚBLICO MUNICIPAL El Poder Público Municipal se ejerce en cada uno de los 335 municipios a través de cuatro funciones: ejecutiva, legislativa, control fiscal y planificación; cada una de las funciones del Poder Público Municipal tiene sus atribuciones propias, pero los órganos y entes a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado venezolano, conforme a lo establecido en la Constitución de la República. Los órganos y entes del Poder Público Municipal, en el ejercicio de sus funciones, tienen el deber de incorporar la participación ciudadana en el proceso de definición y ejecución de la gestión pública, así como el control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna.
Administración Pública Central
Dentro del marco de la estructura del Estado Venezolano, la forma de la Administración Pública admite la Centralización; entendiéndose ésta como: La acción de reunir o concentrar en un solo órgano, todos los asuntos de índole político y administrativo; es decir, que existe un único órgano superior capaz de tener bajo su mando todas las funciones, competencias y controles, con respecto a los demás órganos que integran la Administración Pública Venezolana.
Es necesario mencionar las características más resaltantes de la Centralización, las cuales son:
·         Existe un órgano superior que concentra todas las funciones y competencias.

·         Los demás órganos que componen la Administración Pública, no tienen autonomía funcional, es decir, que no pueden tomar decisiones propias.
Desconcentración Funcional y Territorial
En la Administración Pública, la desconcentración se refiere a la Transferencia de atribuciones  o  ejercicio de una determinada competencia  propia de un órgano jerárquicamente superior a uno inferior perteneciente a la misma Administración pública. Este mecanismo de transferencia de competencias suele tener por sujetos a un órgano de carácter central frente a otro de competencia territorialmente limitada, pero puede también darse la desconcentración de un órgano jerárquicamente superior a otro inferior aun cuando ambos tengan la misma competencia territorial.
NUEVAS FORMAS ORGANIZATIVAS FUNCIONALES
Misiones
Las misiones sociales consisten en un conjunto de programas sociales iniciados por el gobierno del Presidente venezolano Hugo Rafael Chávez Frías en el año 2003 dentro de una estrategia para afrontar las deficiencias en diversos ámbitos de la vida social: salud, educación, vivienda, alimentación, deporte; todo con la finalidad de saldar los niveles de exclusión social imperante en el país antes de 1999 que, con la Constitución Bolivariana se ordenaba que el Estado estableciera como uno de los fines esenciales el desarrollo de la  persona humana y el logro de la suma de felicidad posible, en el marco del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. 
Consejo de Planificación
El Consejo de Planificación es un organismo consultivo interdisciplinario al cual corresponde la elaboración de los planes y programas de desarrollo del país en sus distintos niveles, de acuerdo a las líneas estratégicas, objetivos y políticas generales establecidas por la Administración Pública Nacional; también le compete elaborar los planes de evaluación, seguimiento y control de los diferentes programas y proyectos. De igual manera, el artículo 16 de la ley señalada establece la Comisión Central de Planificación, órgano encargado de coordinar con las distintas instancias del Sistema Nacional de Planificación, para propiciar el seguimiento y evaluación de los lineamientos estratégicos, políticas y planes, atendiendo a lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
Consejo Federal de Gobierno (CFG)
Es un organismo intergubernamental cuyas  funciones son básicamente las de planificar y coordinar horizontalmente las políticas y acciones para el proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios. 
REFERENCIAS
ARAUJO-JUÁREZ, José (2011): Derecho Administrativo General – Administración Pública. I edición. Paredes. Caracas-Venezuela.
BREWER-CARÍAS Allan R. (2011) Una nueva tendencia en la Organización Administrativa Venezolana: Las “Misiones” y las Instancias y Organizaciones del “Poder Popular” establecidas en paralelo a la Administración Pública. Documento en Línea recuperado el 23/7/2013 del sitio: dc372.4shared.com/download/AH.../nueva-tendencia-la-organizacio.pdf
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinaria del 10-02-2009.
EL TROUDI Haiman, HARNECKER Marta y BONILLA Luis. Herramientas para  la Participación. Documento en Línea recuperado el 23/7/2013 del sitio: http://www.rebelion.org/docs/15385.pdf
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Gaceta Oficial Extra Nº 5.890 de 31-07-2008.
LEY ORGÁNICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR. Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinario del 21 de diciembre de 2010.
RODRÍGUEZ ARAQUE, Alí (2004): Palabras de Apertura. Seminario Nacional: Política Social ¿Un Nuevo Paradigma?. FEGS, Caracas 11,12 y 13 de mayo de 2004.
ZAMBRANO, Freddy (2006): Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999 Comentada. 2da. Ed. Tomo II. Atenea. Caracas-Venezuela.
PARTICIPANTES:
JOSÉ GREGORIO ACOSTA
PEDRO CASTAÑEDA
GIPSY GÓMEZ PUSSET
ANDIS RODRÍGUEZ

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